Una vez más, queremos compartir la información más actualizada sobre las ayudas que ha puesto en marcha el gobierno. En este caso se trata de la “AYUDA PROYECTOS INNOVADORES DE I+D DE ALMACENAMIENTO ENERGÉTICO” en forma de subvenciones a fondo perdido convocada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).  Indicamos a continuación las características más importantes de la misma:

¿Quiénes son los beneficiarios?

  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Otros centros públicos de I+D.
  • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
  • Empresas.
  • Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
  • Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad principal.
  • Empresas Innovadoras de Base Tecnológica.
  • Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica.

¿Cuál es el objeto de las mismas?

Proyectos de “desarrollo experimental” en el ámbito del almacenamiento energético, que cumplan los siguientes requisitos:

1. Proyectos de desarrollo precomercial y la actividad de demostración entre los niveles de preparación tecnológica (TRL) 6 a 8. Al llegar a la finalización de un proyecto financiado por esta convocatoria, las tecnologías apoyadas deben avanzar hasta el TRL 9.

2. Los proyectos deberán, además, poder demostrar y probar productos innovadores de almacenamiento de energía a gran escala que sean eficientes cuando funcionen a un mínimo de 1MW de potencia o 1MWh de capacidad de almacenamiento.

3. El sistema de almacenamiento, una vez finalizado el desarrollo del proyecto, deberá proceder a su demostración comercial y a la explotación de la instalación, conectándose a la red eléctrica conforme a la normativa aplicable.

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Los costes de personal: personal investigador, personal técnico y podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa.
  • Los costes del instrumental y material amortizable durante la vida del proyecto.
  • Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes.
  • Otros costes de materiales, suministros, equipos no amortizables y similares, directamente derivados del proyecto.
  • Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales.
  • Los costes de formación relativa a los principios transversales del PRTR (transformación digital, cohesión social y territorial e igualdad de género).

¿Qué tipos de ayuda ofrecen?

  • Subvención a fondo perdido.
  • Se podrán conceder anticipos de hasta un 80% de la resolución de la ayuda mediante la presentación de garantías.

Bolsa económica

  • 50.000.000 €.
  • Programa financiado por el Mecanismo de Recuperación y resiliencia.

Plazo de solicitud

Desde el día 8 de marzo de 2022 hasta las 12:00 horas del 10 de mayo de 2022

 

Para conocer más sobre el proceso de solicitud y gestión de las mismas, contacte con nosotros