Recientemente hemos conocido la publicación de nuevas medidas para hacer frente a la crisis sanitaria derivada del COVID-19. Entre ellas, queremos hablar detalladamente sobre la que se centra en “SUBVENCIONES A PROYECTOS DE I+D Y DE INVERSIÓN PARA HACER FRENTE A LA EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA POR LA ENFERMEDAD COVID-19”, convocada por el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) y que ofrece subvenciones a fondo con el fin de financiar proyectos de investigación y desarrollo (I+D) e inversión para la fabricación de productos relacionados con la emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19. Conozca a continuación los detalles de la misma:

BENEFICIARIOS

  • Empresas con domicilio fiscal en España.
  • Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal (solo para proyectos de I+D).

CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS

Los proyectos deberán encuadrase dentro de los siguientes ámbitos:

  • Cualquier producto, reactivo, principio activo y/o medicamento considerado de utilidad en el diagnóstico, pronóstico, seguimiento, prevención (vacunas) y tratamiento de la enfermedad COVID-19, así como materia prima e intermediarios necesarios.
  • Productos sanitarios de todo tipo; equipamiento médico y hospitalario; equipos de protección individual (gafas de protección, mascarillas de cualquier nivel de protección, guantes, batas…). Cualquier materia prima vinculada a la producción de este tipo de material.
  • Desinfectantes y soluciones hidroalcohólicas e higienizantes en general, tanto de carácter personal como industrial (para superficies, espacios y estancias), así como sus productos intermedios y materia prima.
  • Herramientas para recopilación, análisis y procesamiento de datos de utilidad en el control de la enfermedad COVID-19.
  • Cualquier otro producto / tecnología de utilidad / proceso en el control de la enfermedad COVID-19.

Los proyectos de I+D deberán consistir en:

  • La investigación sobre vacunas, medicamentos y tratamientosproductos sanitarios y equipos hospitalarios y médicosdesinfectantes y ropa y equipos de protección.
  • La innovación de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos necesarios.

Los proyectos de inversión deberán consistir en:

  • Facilitar la fabricación de:
    • Los medicamentos (incluidas las vacunas) y los tratamientos, sus productos intermedios, los ingredientes farmacéuticos activos y las materias primas.
    • Los productos sanitarios, los equipos hospitalarios y médicos (incluidos los respiradores, la ropa y el equipo de protección, y las herramientas de diagnóstico) y las materias primas necesarias.
    • Desinfectantes y sus productos intermedios y las materias primas químicas necesarias para su producción.
  • Herramientas para la recogida/tratamiento de datos.

CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA

  • Tanto para el caso de proyectos de I+D como de inversión, si el proyecto ha empezado con posterioridad al 1 de febrero de 2020, se considerará que la ayuda tiene un efecto incentivador. Por el contrario, si el proyecto ha empezado antes del 1 de febrero de 2020, solo serán elegibles los costes adicionales relacionados con los esfuerzos de aceleración o la ampliación del alcance del proyecto, que se hayan realizado a partir del 1 de febrero de 2020.
  • La ayuda concedida en el marco de esta convocatoria es incompatible, durante su período de ejecución, con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico con idénticos objetivos y finalidad.
  • Solo se concederá una ayuda por beneficiario.
  • Respecto a los proyectos de I+D: los proyectos deberán incluir actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental y un presupuesto elegible máximo de 625.000 €. Así mismo, deberán iniciarse en 2020 y podrán finalizar hasta el 31 de octubre de 2021.
  • Respecto a los proyectos de inversión: los proyectos deberán implicar una mejora en el proceso de producción habitual del beneficiario o un incremento de su capacidad de producción, siendo el presupuesto máximo de 625.000 €. En este caso, la duración de los proyectos no podrá ser superior a 6 meses, a contar desde la fecha de concesión de la ayuda, iniciándose en 2020 y finalizar hasta el 31 de octubre de 2020.

SUBVENCIONABLES

  • Proyectos de I+D:
    • Costes de personal.
    • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas, así como costes de consultoría técnica y equivalentes (hasta un 65% del presupuesto elegible).
    • Costes de materiales fungibles, suministros y productos similares.
    • Costes relacionados con la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, así como la obtención de las evaluaciones de la conformidad o las autorizaciones necesarias para la comercialización de vacunas y medicamentos, productos sanitarios, equipos hospitalarios y médicos, desinfectantes y equipos de protección individual nuevos y mejorados.
    • Costes relacionados con la realización de ensayos preclínicos y clínicos (fases de ensayo I-IV). Los costes relativos a ensayos de fase IV serán subvencionables siempre que permitan nuevos avances científicos o tecnológicos.
  • Proyectos de inversión:
    • Activos fijos materiales (instalaciones, maquinaria y equipos) e inmateriales (patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad industrial e intelectual). Será subvencionable su adquisición, no su amortización.
    • Costes de personal necesario para la realización de los ensayos en línea de las nuevas instalaciones de producción.
    • Costes de contrataciones externas necesarias para la inversión (hasta un 65% del presupuesto elegible).
    • Costes de material, suministros y productos similares.

TIPO DE INCENTIVO

Subvención a fondo perdido.

INTENSIDAD DE LA AYUDA

Hasta el 80% del presupuesto elegible.

BOLSA ECONÓMICA DISPONIBLE

12.000.000 €.

PLAZO DE SOLICITUD

Hasta el 15 de diciembre de 2020 o hasta agotamiento de fondos.

Si necesita más información sobre ésta u otras medidas, póngase en contacto con nosotros